Crowdfunding en Perú: nueva normativa se suma a la tendencia regulatoria en Latam

Perú se pone al día en temas normativos con el nuevo reglamento de crowdfunding, un marco desarrollado bajo una postura flexible y de escucha activa, según expertos

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Jun 14, 2021
Perú se pone al día en temas normativos con el nuevo reglamento de crowdfunding, un marco desarrollado bajo una postura flexible y de escucha activa, según expertos

 La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) del Perú ha dado luz verde a la publicación del reglamento de crowdfunding en Perú, tras un proceso de conocimiento por parte de las autoridades que tardó cinco años, pero que hoy ve concretarse en un marco legal más claro y promotor, de acuerdo con los actores del mercado. Con la nueva solución legal, el crowdfunding permitirá conectar a demandantes de capital con inversionistas a través de dos modalidades: financiamiento participativo financiero (FPF) de valores y FPF de préstamos. Bajo el crowdfunding de valores, los inversionistas reciben acciones a cambio de su financiación; mientras que con el FPF de préstamos, los emprendimientos obtienen recursos para financiar su proyecto de negocio o empresa, quedando obligados al pago del capital financiado, así como a entregar un retorno financiero a cada uno de los inversionistas. Junto a la norma se espera que el país siga dibujando su propia hoja de ruta regulatoria para el sector fintech, aunque -considerando el avance de los territorios vecinos-, deberá mejorar el ritmo con el objetivo de seguir competitivo en el proceso de desarrollo. “La norma que ha salido es flexible”, dijo a iupana Ljubica Vodanovic, socia fundadora de Vodanovic Legal, firma peruana experta en regulación financiera. “Es una norma proporcional al riesgo, comparada con la de la banca, que no está exigiendo demasiadas medidas”, agregó. A fines de noviembre pasado, la SMV publicó el proyecto del reglamento a fin de recoger comentarios de la industria e identificar las oportunidades de mejora, una práctica que permitió efectuar cambios importantes y acomodar algunos lineamientos antes de su publicación oficial. Una de las modificaciones efectuadas, por ejemplo, recae en el nuevo monto de capital social mínimo por S/. 300 mil (antes era de S/. 400 mil). Asimismo, el agente de crowdfunding puede ahora mantener su patrimonio neto igual o superior al capital mínimo por 24 meses (antes eran 12 meses). El primer año puede llegar hasta el 70% y en el segundo año debe ser no menor al 80%. De esta forma, concluido el segundo periodo, podrá alcanzar el 100% del patrimonio neto. “Esto nos hace ver que la SMV ha estado abierta a escuchar a la industria y eso es muy importante, porque significa que el regulador está ayudando a la innovación”, aseguró Vodanovic. En esta misma línea, la responsabilidad de la plataforma también fue uno de los puntos ajustados en el nuevo reglamento. De acuerdo con el proyecto, las plataformas debían hacer la evaluación del riesgo de cada negocio a financiar, a fin de que los inversionistas sepan el nivel de contingencia que estaban por asumir. Para Álvaro Castro, director de Sumara Hub Legal, firma legal peruana con enfoque en mercado de capitales, innovación y emprendimiento, la propuesta representaba un problema sustancial, ya que reemplazaba la figura del crowdfunding por una clasificadora de riesgo, lo que traería consigo consecuencias como encarecimiento de la operación. “Lo que se pide ahora es que la plataforma tenga toda la información que revele la empresa o persona que quiere recibir un financiamiento para que los inversionistas puedan hacer su propia evaluación y, además, esté vinculada a una central de riesgo para que incluya la situación en el sistema financiero de quien está pidiendo la inversión”, explicó Castro. Si bien la evaluación del ecosistema no es sencilla -pues debe proteger intereses de ambas partes-, el abogado reconoció que el regulador ha tomado una postura de escucha activa, lo cual considera positivo para el crecimiento de la vertical en el territorio. Pese a ello, espera que el ente regulatorio no aplique un criterio restrictivo desde el día uno, sino más bien una actitud “pedagógica y de acompañamiento” para los nuevos y futuros jugadores.

Norma de crowdfunding: Modelo promotor

La “flexibilidad” hacia la que apuntan los especialistas también viene acompañada de una postura impulsora de parte del regulador. Esta actitud promotora del reglamento descansa en la liberación de topes de interés y la agilidad con la que se otorgarán las autorizaciones. En materia de tasas, las plataformas de crowdfunding van a tener libertad para que los inversionistas puedan cobrar tasas que representen el préstamo que otorgan. Vodanovic recordó que, si bien la regulación actuará como un modelo promotor para el crecimiento de la vertical fintech, también atenderá las necesidades de las medianas y pequeñas empresas que no pueden acceder al financiamiento tradicional. “[Las MIPYMES] van a la banca y no pueden acceder porque no tienen historial crediticio. Entonces, el crowdfunding es una alternativa urgente para ellas”, dijo. También te puede interesar: Perú: Entre la interoperabilidad financiera y los retos de diálogo Recordemos que el decreto de urgencia N°013-2020 emitido en enero del año pasado tiene como medida prioritaria la inyección de liquidez a las MIPYMES a través de la promoción al acceso de financiamiento alternativo. Por otro lado, en cuanto a las autorizaciones, el director de Sumara Hub Legal explicó que la celeridad de los permisos de operación también es un punto a favor de la nueva regulación. En promedio, las autorizaciones otorgadas por la SMV demoran entre un año y medio y dos años para ser aprobadas; sin embargo, gracias al nuevo marco normativo, los consentimientos se ejecutarían en apenas 60 días. “Esa rapidez a la que apunta el regulador tiene que ver con que reconoce que este es un ecosistema que requiere mucha agilidad, porque difícilmente los emprendedores van a entrar a un proceso de licencia para el cual tengan que esperar dos años, eso los desanimaría”, aseguró. Un apartado a superar, de acuerdo con Castro, es el requisito para el manejo del dinero de los inversionistas. La reglamentación estipula que el desembolso de los inversores no puede estar en una cuenta propia de la sociedad administradora, sino en un fideicomiso, en una cuenta sujeta a instrucciones, o una cuenta de dinero electrónico. Esto, con el objetivo de evitar posibles malas prácticas. “Es una objeción mía, pero en la práctica el problema podría ser que sea muy difícil lanzar una plataforma, ya que requerirá que te alíes con un banco, fiduciario o emisor de dinero electrónico. Esta es una de las cosas que vamos a ver si terminan siendo promotoras, o si el mercado incorporará este requisito y funciona”, puntualizó. También te puede interesar: B89, fintech que busca romper el mercado «casi oligopólico» peruano

Sandbox como próximo paso

El más reciente movimiento tras la publicación del reglamento de crowdfunding en Perú llega desde la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS), que ha promulgado el proyecto normativo que permite flexibilizar la regulación vigente de modelos novedosos, un espacio mejor conocido como sandbox. La nueva propuesta estaría alineada con la apertura de este espacio en otras jurisdicciones, a fin de construir puentes con el resto de los espacios supervisados y crear un único sandbox multijurisdiccional, según el más reciente documento publicado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). “Va a haber una convergencia, sobre todo con aquellos países que ya tienen algunos contactos de cooperación y colaboración”, señaló Roberto Vargas, presidente de la Asociación Fintech Perú. De acuerdo con Vargas, la SBS está apuntando a una ventana única de acceso con los países que conforman la Alianza del Pacífico. La SMV, por su parte, también estaría interesada en desarrollar un sandbox propio, además de un diseño institucional fintech en la misma superintendencia. Desde una mirada más amplia, Castro afianzó el hecho de que Perú está sumándose a la tendencia regulatoria en la región; sin embargo, considera que la cadencia de desarrollo normativo todavía pone en desventaja a la nación. “Este es un proceso que no se va a detener, pero el problema es que no basta que no se detenga, es muy importante el ritmo, porque estamos compitiendo con Colombia, Chile, México, etc. No basta que avancemos, tenemos que avanzar igual o más porque hemos comenzado tarde”, declaró. Para el abogado, si bien el reglamento de crowdfuding es la primera norma de “buena señal” en materia fintech, es probable que la del sandbox no maneje el mismo perfil, porque -hasta el momento- maneja reglas de exclusividad que dejarían fuera a los jugadores que no pertenecen al sistema financiero supervisado por la SBS. «Vamos a ver si el estado o el gobierno puede corregir rápido para avanzar y recuperar el tiempo perdido”, concluyó.