Banco Central de Chile desarrolla nuevo marco de regulación flexible y adaptable a innovaciones en los sistemas de pagos de bajo valor

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El Banco Central de Chile publicó hoy en consulta el nuevo marco de regulación para compensar y liquidar operaciones de pago de bajo valor, iniciativa que se enmarca dentro de la misión del BCCh de velar por la continuidad del sistema de pagos, así como contribuir a la inclusión financiera.

Esta regulación —que estará disponible para comentarios del público entre el 8 de marzo y el 7 de mayo de 2021— busca adaptarse y dar flexibilidad a los nuevos desarrollos e innovaciones que permitan ampliar y diversificar los medios de pago disponibles en el sistema financiero, permitiendo la compensación de transacciones originadas en distintas plataformas, y al mismo tiempo estableciendo resguardos prudenciales mínimos.

Para que los pagos minoristas, como cheques, transferencias electrónicas de fondos (TEF) y pagos con tarjetas, se ejecuten, deben existir mecanismos y sistemas que permitan que las instituciones financieras puedan cumplir de manera eficiente y segura con las obligaciones que se originan entre ellas, por cuenta de sus clientes. Para ello, se realiza un proceso de compensación mediante el cual se determinan los saldos netos que cada institución debe pagar o recibir de la otra por las transacciones realizadas por sus clientes. Posteriormente, se realiza el proceso de liquidación que consiste en el traspaso de los fondos que se determinan en la compensación, lo cual se realiza a través del sistema de pagos de alto valor operado por el Banco Central (denominado LBTR)

Hasta ahora, las normas para compensación de pagos de bajo valor en Chile contemplan sólo las transacciones realizadas con cheques y las operaciones en cajeros automáticos (capítulos III.H.1 y III.H.3 del Compendio de Normas Financieras, CNF, respectivamente)[1]. En el caso de los pagos con tarjetas o transferencias, la ausencia de este tipo de regulación dificulta su interoperabilidad con otros sistemas y procesadores de pago.

Sin embargo, los avances tecnológicos favorecen un alto dinamismo de estos sistemas de pago, haciendo posible el funcionamiento de múltiples otras modalidades de pago (diferentes de cheques y transacciones de cajeros automáticos) que no son apropiadamente acogidos por la regulación actual, si bien son cada vez más relevantes para el funcionamiento de la economía. Siguiendo esta lógica diversas modalidades de pago, como aquellas que se pueden realizar directamente entre personas o empresas y a través de diferentes plataformas (smartphones, sistemas web y otros) podrán desarrollar sistemas de compensación acogiéndose a esta nueva regulación. En el caso de los tradicionales pagos con tarjetas (o sistemas equivalentes) si bien se encuentran ampliamente regulados por el BCCh en la emisión y operación (Capítulos III.J.1 y III.J.2), tampoco contaban hasta ahora con un marco de regulación apropiado para la compensación de las operaciones que subyacen en estos sistemas, lo cual también se podrá resolver con esta iniciativa.

Para conseguir estos objetivos, el BCCh desarrolló un nuevo Capítulo para compensar operaciones de bajo valor de distinto tipo y procesarlas a través de diferentes plataformas. Este Capítulo regula la creación y funcionamiento de un sistema que se denominará “Cámaras Compensación de Pagos de Bajo Valor (CPBV)”, y corresponderá al III.H.6 del CNF. Una innovación importante desde una perspectiva regulatoria es la flexibilidad de esta propuesta, que esta desarrollada para ser acoger al mismo tiempo proyectos experimentales o bien modalidades más consolidadas de operación bajo criterios de proporcionalidad en los requerimientos establecidos.

Los nuevos actores que decidan emprender cualquiera de estas modalidades como administradores de CPBV, deberán solicitar -una vez que la nueva regulación se publique en su versión definitiva- autorización de inscripción a la Comisión de Mercados Financieros (CMF) y del propio BCCh.

Una vez que los distintos actores comiencen a operar en el sistema y se acumule experiencia (al menos 1 año de operaciones), se espera adaptar y calibrar los requerimientos regulatorios de acuerdo a las características particulares de los distintos modelos de operación que se desarrollen, lo cual sería incorporado en adaptaciones a esta regulación.

El objetivo de mediano y largo plazo de esta nueva normativa es conferir certeza regulatoria para atraer nuevos actores a la industria de sistema de pago de bajo valor en Chile, lo cual además de promover la innovación, permitiría hacer más robusto el proceso de compensación de una parte importante de los pagos de la economía, y contribuir a aumentar la interoperabilidad entre distintos medios y plataformas de pago. De esta manera, una parte cada vez mayor de las personas podrán contar con alternativas que se adecúen a sus necesidades a la hora de realizar sus pagos.

En otras palabras, en la medida en que se desarrollen sistemas de compensación al amparo de esta normativa, se aseguraría la interoperabilidad de los sistemas de pagos minoristas. En tal caso, una persona podría efectuar pagos desde la plataforma de su preferencia a cualquier contraparte ligada a éste. Del mismo modo, un comercio podría recibir pagos electrónicos de cualquier cliente que cuente con algún medio de pago electrónico. Del lado de los operadores, se ampliarían las oportunidades de competencia e innovación.

Este proyecto se enmarca en el Plan Estratégico del Banco Central 2018-2022, en el que aumentar la capacidad del BCCh para comprender, manejar e incorporar nuevas tecnologías, se definió como uno de los cinco focos estratégicos.

Los comentarios pueden ser presentados en la Oficina de Partes del Banco, o bien enviados al correo consultaFINLAB@bcentral.cl hasta el 7 de mayo. Cabe indicar que el Banco publicará en su sitio web los comentarios formulados dentro del plazo señalado, reservándose el derecho a editarlos o resumirlos; y, en su caso, la respuesta que aquéllos le merezcan, remitida a través de su División de Política Financiera